SOAT: Información obligatoria sobre indemnización



La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó dos proyectos de circular con disposiciones para exigir que las aseguradoras y Afocat (Asociaciones de Fondos Regionales contra Accidentes de Tránsito) recurran a todos los medios que estén a su alcance para informar a los beneficiarios del SOAT su derecho a la indemnización.

En ese sentido, las aseguradoras deberán hacer todo lo posible para informar sobre las indemnizaciones por muerte no reclamadas, originadas en accidentes de tránsito cubiertos por SOAT o el CAT.

Comunicación directa

Se dispondrá esta comunicación desde el principio, con lo cual las compañías aseguradoras deberán disponer de todos los medios de notificación directa, utilizando sus propios archivos. Si ello no es suficiente, se debe optar por utilizar el domicilio de Reniec del fallecido o de los beneficiarios, que incluye una notificación debajo de la puerta del domicilio con doble visita.

Comunicación indirecta

En caso de no lograr la comunicación directa, se recurrirá a la indirecta, se informará a través de los medios de comunicación o en las páginas web de las empresas y de Afocat, la relación de personas fallecidas en accidentes de tránsito.

Además, se plantea la obligación de la empresa de seguros/Afocat de publicar y actualizar la información sobre las indemnizaciones no reclamadas en su web. La información deberá ser actualizada al día 15 y al último día de cada mes y deberá ser publicada dentro de los tres días calendario siguientes al día 15 o último día del mes, según corresponda.

Los proyectos de circular estarán disponibles hasta el 12 de marzo en la web de la SBS, para comentarios y sugerencias del público.

 

Fuente: El Comercio

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